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BASES Y CONDICIONES PROMOCIÓN “PIJAMA BREAK”

1.- Organizador: NESTLÉ ARGENTINA S.A. (CUIT 30-54676404-0) (en adelante el “Organizador”) con domicilio en Avda. del Libertador 1855, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, organiza la promoción denominada “Pijama Break” (en adelante la “Promoción”), el cual quedará sujeto a las siguientes Bases y Condiciones (en adelante, las “Bases”). 

2.- Vigencia Territorial y Temporal: La presente Promoción tendrá vigencia únicamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante el “Territorio”), el día jueves 15 de agosto de 2024 en la franja horaria de 13:00 hasta las 17:59 horas (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). 

3.- Aceptación de Bases y Condiciones: La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases y de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas. El Organizador tendrá derecho a definir, establecer e interpretar aquellas situaciones o circunstancias que no estén expresamente previstas en las presentes Bases, sin afectar la esencia de la Promoción. Las decisiones serán inapelables y los Participantes no tendrán derecho a reclamo alguno. Se aclara que cualquiera de las mencionadas circunstancias, modificaciones y decisiones serán ajustadas a la legislación vigente.

4.- Participantes: Podrán participar en la presente Promoción todas las personas humanas que al momento del inicio del Plazo de Vigencia de la Promoción sean mayores de 18 (dieciocho) años, que tengan domicilio en el Territorio, siempre que cumplan con los requisitos definidos en el Punto 6 “Mecánica de la Promoción”, y que no se encuentren comprendidos en las causales de exclusión referidas a continuación (en adelante, los “Participantes”). 

5.- Exclusión: No podrán participar las personas jurídicas, personas humanas menores a 18 años, ni domiciliados fuera del Territorio, el personal del Organizador, de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor vinculado directa o indirectamente a esta Promoción, ni sus cónyuges o sus parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los 30 (treinta) días anteriores a la fecha de comienzo de la Promoción, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado. 

6.- Mecánica de la Promoción: Durante el Plazo de Vigencia, aquellos Participantes que se presenten en el kiosco “OPEN 25” ubicado en la calle Arenales N°1401 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día jueves 15 de Agosto de 2024, en la franja horaria desde 13:00 a 17:59 horas, vistiendo indumentaria de “Pijama”, resultarán Ganadores de la presente Promoción. A los efectos de la presente Promoción, se entiende por “Pijama” a toda prenda utilizada para dormir compuesta, en general, por dos piezas. 

Personal del Organizador se encontrará presente dentro de la franja horaria aplicable a fin de verificar el correcto cumplimiento del requisito de admisibilidad por parte de los Participantes. 

Quienes cumplan con el requisito detallado, podrán acceder al premio promocional consistente en la adquisición del Producto KIT KAT® sabor original de contenido neto 41,5 gr., cuya denominación legal es: “oblea dulce rellena con cacao recubierta con chocolate con leche” (en adelante, el “Producto Participante”), a un precio promocional de $100 (pesos argentinos cien) por unidad. 

Cada Participante podrá adquirir hasta un máximo de 3 (tres) unidades del Producto Participante al precio promocional. Promoción válida hasta agotar stock de 288 (doscientas ochenta y ocho) unidades. 

Se deja constancia de que serán excluidos de la Promoción los Participantes que no cumplan con todos los requisitos exigidos de manera precedente. 

7.- Premio: El premio consiste en la potestad de adquirir el Producto Participante, únicamente durante el Plazo de Vigencia, al precio promocional de $100 (pesos argentinos cien) (en adelante, el “Premio”). 

Se destaca que los Participantes únicamente podrán acceder al Premio relativo al Producto Participante y no a otros productos de la marca KIT KAT®. 

A su vez, cada Participante podrá adquirir hasta un máximo de 3 (tres) unidades del Producto Participante al precio promocional. Promoción válida hasta agotar stock de 288 (doscientas ochenta y ocho) unidades. 

El Premio no será transferible a terceros, ni canjeable por otro Premio distinto del asignado, ni por dinero en efectivo. Ningún Premio incluye otro gasto, ni ningún otro servicio o bien distinto del expresamente mencionado en las presentes Bases, como así tampoco ningún impuesto y/o cargo en que el Ganador del premio correspondiente deba incurrir para la utilización del Premio. El Premio no podrá ser reclamado por otras personas que no sean los que resulten ganadores del Premio en cuestión.

8. Asignación y Entrega de Premio: La asignación del Premio se efectuará al momento de la concurrencia por parte del Participante al local indicado en el punto 6 “Mecánica del Premio” en caso de cumplir con los requisitos consignados en las presentes Bases, durante el Plazo de Vigencia. 

9.- Premio no asignado: Finalizada el Plazo de Vigencia de la Promoción, si cualquiera de los Premios no fuera asignado por cualquier causa, quedará en propiedad y a disposición del Organizador. 

10.- Gastos adicionales: Todo impuesto actual o futuro que grave los Premios objeto de la presente Promoción y/o todo gasto en que por cualquier concepto incurran los favorecidos en la presente Promoción para participar en el mismo y los gastos en que deban incurrir los Participantes para la utilización de su Premio, y/o todos aquellos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, serán a exclusivo cargo de los adjudicatarios del mismo. Todos los costos que se deriven de la participación en la Promoción, así como todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro para la utilización y/o sobre el Premio, como así también los gastos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, estarán a exclusivo cargo de los Participantes. 

11.- Responsabilidades: El Organizador no será responsable por los daños o perjuicios que pudiere sufrir los Participante, Ganadores, Potenciales Ganadores o los terceros, o las personas que hagan uso de los Premio con motivo o en ocasión de la participación en la presente Promoción y/o en ocasión de la utilización de los Premios. La responsabilidad del Organizador finalizará con la entrega de cada Premio a cada Ganador. El Organizador no responderá por eventuales fallas en los sistemas informáticos o telefónicos dispuestos para la recepción de datos para participar, ni por el mal funcionamiento de los equipos de computación o de telefonía utilizados por los Participantes para el ingreso de los datos para participar de la Promoción. 

12.- Suspensión, modificaciones, cancelación: El Organizador podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el plazo de vigencia de la Promoción. Además, cuando circunstancias no imputables al Organizador o no previstas en estas Bases o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, siempre cumpliendo con la normativa vigente. 

13.- Disponibilidad: Las presentes Bases podrán ser consultadas por cualquier interesado en https://www.nestle.com.ar/ 

14.- Autorización: Los Participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar sus nombres, imágenes personales y/o voces de estos últimos con fines publicitarios y/o promocionales en cualquier medio de comunicación, ya sea televisivo, cinematográfico, radial, gráfico, Internet, etc., en la forma en que el Organizador considere más conveniente y sin que esto genere derecho a compensación de ninguna especie, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados desde el Plazo de Vigencia de la Promoción. 

La presente autorización es otorgada en los términos del artículo 53 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, del artículo 11 del Pacto de San José de Costa Rica, del artículo 31 de la Ley N° 11.723, del art. 3, inc. h) de la Ley N° 22.362, de los artículos 5 y 6 de la Ley 25.326 y toda otra normativa concordante. En virtud de esta autorización, ningún Ganador tendrá derecho a indemnización, pago o contraprestación alguna por la difusión y/o utilización de su imagen mencionada precedentemente. 

14.- Datos personales: Los datos personales brindados por los Participantes para la participación en esta Promoción, serán objeto de tratamiento automatizado para la gestión de la Promoción y utilizados para generar perfiles –incluidas acciones de targeting y re targeting- con fines promocionales de la Promoción, e incorporados a la base de datos de titularidad de Nestlé Argentina S.A, con domicilio en Av. del Libertador 1855, B1638, Vicente López, Buenos Aires. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la Promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en la Promoción. 

El titular de los datos personales o sus representantes legales tienen la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. 

Los Participantes podrán requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos, el Participante podrá comunicarse al 0800-999-8100. 

La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley Nº 25.326 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. 

El registro y participación en la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5º y 11º de la Ley 25.326. 

15.- Exoneración a Instagram y a sus titulares: Todos los Participantes exoneran de manera completa a Instagram® y/o el Grupo Meta a sus titulares por toda responsabilidad derivada de su participación en la presente Promoción. El Organizador manifiesta que el presente no se encuentra patrocinado, avalado, administrado ni asociado en modo alguno con Instagram® y/o el Grupo Meta ni con sus titulares. Los Participantes proporcionan la información requerida por las presentes Bases al Organizador y no a Instagram® ni a sus titulares. Ni Instagram®, ni sus titulares patrocinan, avalan ni administran de modo alguno esta Promoción, ni están asociados a él. 

16.- Ley aplicable: Toda relación que en virtud del Sorteo genere entre el Participante y el Organizador será regida y concertada con total sujeción a las leyes de la República Argentina, renunciando el Participante a cualquier otra ley a cuya aplicación pudiera tener derecho.