1. Organizador: NESTLÉ ARGENTINA S.A. (en adelante, el “Organizador”), con domicilio en Avenida del Libertador 1855, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, organiza la promoción denominada “NESCAFÉ ICE - FUTTTURA 2025” (en adelante, la “Promoción”), la cual quedará sujeta a las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).
2. Vigencia: La Promoción se desarrollará exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, República Argentina (en adelante, el “Territorio”), desde las 00:01 horas del día 12 de noviembre de 2025 hasta las 08:00 horas del día 15 de noviembre de 2025, ambas fechas inclusive (en adelante, el “Plazo de Vigencia”). El Plazo de Vigencia es improrrogable.
3. Aceptación de las Bases: La participación en la Promoción implica la aceptación total de estas Bases por parte de todos los participantes, quienes se obligan a cumplirlas sin condicionamientos.
4. Participantes: Podrán participar en la Promoción todas aquellas personas humanas que, al momento del inicio del Plazo de Vigencia, sean mayores de dieciocho (18) años de edad, se encuentren domiciliadas en el Territorio, sigan los mecanismos de participación establecidos en estas Bases, y no se encuentren comprendidas en las causales de exclusión mencionadas en el punto siguiente (en adelante, los “Participantes”).
5. Exclusiones: No podrán participar las personas jurídicas, personas humanas menores a dieciocho (18) años de edad, ni domiciliados fuera del Territorio, el personal del Organizador, de sus agencias de publicidad o marketing o de cualquier otro proveedor vinculado directa o indirectamente a esta Promoción, ni sus cónyuges o sus parientes por consanguinidad hasta el tercer grado inclusive, ni tampoco los ex empleados de esas empresas que se hubieren desvinculado de las mismas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de comienzo de la Promoción, ni sus parientes hasta el mismo grado antes mencionado.
6. Mecanismos de Participación: Durante el Plazo de Vigencia, los Participantes deberán intervenir en la publicación que se realizará en la red social Instagram del Organizador (@nescafeargentina) mencionando el evento FuTTTura del cual el Organizador es sponsor.
A tal efecto, los Participantes deberán contar previamente con una cuenta activa en la red social Instagram. Posteriormente, deberán: (i) acceder al posteo del Organizador vinculado a la presente Promoción denominada “NESCAFÉ ICE – FUTTTURA 2025”; (ii) comentar en el posteo con quién iría al festival, y etiquetarlo/a; y (iii) seguir a la cuenta @nescafeargentina en Instagram.
Una vez cumplimentados correctamente todos los pasos detallados, la participación será considerada válida y definitiva.
El Participante podrá intervenir una (1) única vez durante el Plazo de Vigencia. Serán automáticamente descalificados aquellos Participantes que omitan alguno de los pasos requeridos, participen más de una vez utilizando diferentes identidades, cuentas, dispositivos o medios, o empleen mecanismos de participación distintos a los previstos en las presentes Bases.
El Organizador se reserva el derecho de excluir, a su exclusivo y razonable criterio, a cualquier Participante que no cumpla con lo dispuesto en estas Bases, así como a aquellos que incurran en conductas ofensivas, fraudulentas, contrarias a la moral y las buenas costumbres, o que desvirtúen los fines y el espíritu de la Promoción.
7. Acto de Selección: El Sorteo se realizará el 14 de noviembre de 2025 mediante un procedimiento electrónico que garantice la aleatoriedad y transparencia en la selección, conservándose registro documental y/o audiovisual del acto. Se tomará como válido únicamente a los Participantes que hayan completado debidamente los pasos establecidos en estas Bases. En el sorteo, se seleccionará un (1) potencial ganador titular y hasta cinco (5) potenciales ganadores suplentes, quienes lo reemplazarán en caso de que el titular no cumpla con los requisitos establecidos en estas Bases.
La asignación efectiva del Premio quedará supeditada al cumplimiento íntegro de las condiciones previstas en las presentes Bases, incluyendo, sin limitación, la validación de los datos suministrados, la aceptación en tiempo y forma de la notificación cursada por el Organizador, y la correcta respuesta a las preguntas de cultura general requeridas conforme el procedimiento allí detallado.
8. Premios: El premio ofrecido en el marco de la presente Promoción consiste, en un (1) par de entradas en tribuna central 9 para asistir al espectáculo musical correspondiente, a celebrarse en el predio Tecnópolis, sito en la calle J.B. de La Salle 4500, Villa Martelli, Provincia de Buenos Aires, el día 16 de noviembre. El premio permitirá el ingreso del ganador y de un (1) acompañante mayor de dieciocho (18) años.
El premio es estrictamente personal, intransferible, no endosable, no canjeable por dinero ni por ningún otro bien o servicio, y no podrá ser sustituido a solicitud del ganador, aun cuando este no pudiera hacerlo efectivo por causas de cualquier naturaleza. La imposibilidad de utilizar el premio en la fecha estipulada por parte del ganador, por motivos personales, de fuerza mayor o por cualquier otra razón, implicará la pérdida automática de dicho premio, sin derecho a reclamo alguno ni compensación por parte del Organizador.
El premio no incluyen ningún otro gasto o prestación que no esté expresamente contemplado, tales como traslados, comidas, alojamiento, seguros, estacionamiento o cualquier otro concepto no mencionado de manera explícita. Todo gasto adicional correrá por cuenta exclusiva del Ganador y su Acompañante. Asimismo, queda expresamente prohibida la venta, cesión, intercambio o comercialización del premio por parte del ganador o cualquier tercero, por cualquier medio, ya sea digital, presencial o de otro tipo. En caso de detectarse dicha conducta, el Organizador podrá declarar la nulidad del premio adjudicado, exigir su devolución y adoptar las medidas legales que correspondan.
9. Notificación al Potencial Ganador, Asignación y Entrega del Premio: Dentro de las veinticuatro (24) horas posteriores al Sorteo, el Organizador notificará a los Potenciales Ganadores mediante la plataforma Instagram, directamente a la cuenta ganadora y a través del mensaje directo que proporciona dicha red social.
Los Potenciales Ganadores deberán responder dicha notificación dentro del plazo de tres (3) horas corridas, manifestando su aceptación del Premio, por la cercanía de la fecha de selección y la fecha de realización del evento para el cual está asignado el Premio. En dicha respuesta deberán remitir la siguiente información: nombre completo, DNI, número de contacto y correo electrónico, con el fin de concretar la entrega del Premio por alguno de esos medios.
Como condición adicional para la asignación del Premio, cada Potencial Ganador deberá responder correctamente cuatro (4) de cinco (5) preguntas de cultura general formuladas por el Organizador. La falta de respuesta o la respuesta incorrecta de más de una (1) pregunta implicará su automática descalificación.
De no cumplirse con los requisitos en tiempo y forma o si el Potencial Ganador no fuera localizable, se considerará que renuncia al Premio, y se procederá a contactar al Potencial Ganador Suplente correspondiente, quien deberá cumplir con los mismos requisitos.
La asignación definitiva del Premio quedará sujeta al cumplimiento total de todos los requisitos establecidos en estas Bases. En caso de incumplimiento, el Potencial Ganador perderá automáticamente su derecho al Premio.
La falta de retiro, recepción o utilización del Premio por cualquier causa, incluyendo caso fortuito o fuerza mayor, en el momento indicado por el Organizador, implicará la pérdida automática del derecho al Premio. En tal supuesto, el Premio quedará en poder del Organizador, quien podrá disponer del mismo libremente.
10. Participación sin obligación de compra: La participación en esta Promoción no implica la contratación de ningún servicio ni obligación de compra alguna.
11. Responsabilidades: El Organizador no será responsable por daños, perjuicios o pérdidas directas o indirectas que pudieran sufrir los Participantes, los Ganadores, sus acompañantes, familiares o cualquier tercero, con motivo o en ocasión de su participación en la Promoción o del uso del Premio. Esto incluye, entre otras situaciones, la imposibilidad de participar por falta o error en la carga de datos, la cancelación, reprogramación o modificación de los eventos, así como cualquier incidente que ocurra antes, durante o después de los conciertos vinculados al Premio.
En particular, tratándose de entradas para espectáculos organizados por terceros (Producción FuTTTura), el Organizador no será responsable por la disponibilidad, acceso, condiciones de ingreso, ubicación, restricciones sanitarias o de edad, o cualquier otra circunstancia ajena a su voluntad. Toda eventualidad relacionada con la realización del espectáculo deberá ser gestionada directamente con el organizador del evento, inclusive sus cancelaciones y/o reprogramaciones.
El Organizador también declina toda responsabilidad por el uso, destino o aprovechamiento que el ganador le dé al Premio, no respondiendo por daños, accidentes, robos u otros perjuicios sufridos durante su utilización, incluyendo los ocasionados por terceros.
Asimismo, el Organizador no será responsable por fallos en los sistemas informáticos, plataformas digitales, redes sociales o servicios de internet utilizados para la participación en la Promoción, ni por interrupciones, errores o mal funcionamiento atribuibles a proveedores externos.
Finalmente, la responsabilidad del Organizador cesará con la efectiva entrega del Premio, sin extenderse más allá de ese acto ni dar lugar a reclamos posteriores.
12. Suspensión, modificaciones, cancelación: El Organizador se reserva el derecho de modificar, extender, suspender o cancelar total o parcialmente la Promoción, incluyendo -sin limitarse a- su Plazo de Vigencia, modalidades de participación o cantidad de Premios, cuando lo considere necesario o en caso de producirse circunstancias imprevistas, de fuerza mayor o ajenas a su voluntad.
Cualquier modificación será comunicada previamente a través de los canales oficiales habilitados, siempre dentro del Plazo de Vigencia. Tales decisiones no otorgarán derecho a reclamo, indemnización ni compensación alguna por parte de los Participantes, quienes, al intervenir en la Promoción, aceptan expresamente esta facultad del Organizador.
13. Autorización: Los Participantes autorizan expresamente al Organizador a utilizar sus nombres, números de documentos, imágenes personales y/o voces de estos últimos con fines publicitarios y/o promocionales en cualquier medio de comunicación, ya sea televisivo, cinematográfico, radial, gráfico, Internet, etc., en la forma en que el Organizador considere más conveniente y sin que esto genere derecho a compensación de ninguna especie, por un plazo de veinticuatro (24) meses contados desde el Plazo de Vigencia de la Promoción. Dicha autorización es de carácter voluntario y no constituye una condición obligatoria para participar en la Promoción.
14. Datos personales: Los datos personales brindados por los Participantes para la participación en esta Promoción, serán objeto de tratamiento automatizado para la gestión de la Promoción y utilizados para generar perfiles –incluidas acciones de targeting y re targeting- con fines promocionales de la Promoción, e incorporados a la base de datos de titularidad de Nestlé Argentina S.A., con domicilio en Av. del Libertador 1855 (B1638), Vicente López, Buenos Aires. La provisión de los datos por parte de los Participantes de la promoción es voluntaria, sin perjuicio de ser un requisito necesario para participar en la Promoción.
El titular de los datos personales o sus representantes legales tienen la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326.
Los Participantes podrán requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. A tales efectos, el Participante podrá comunicarse al 0800-999-8100.
La Agencia de Acceso a la Información Pública, órgano de control de la Ley Nº 25.326 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
El registro y participación en la promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5º y 11º de la Ley 25.326.
Nestlé Argentina S.A. garantiza que los datos personales serán tratados de forma confidencial y exclusivamente para los fines de esta Promoción, adoptando medidas de seguridad conforme a la normativa vigente.
15. Gastos adicionales: Todo impuesto actual o futuro que grave el Premio objeto de la presente Promoción y/o todo gasto en que por cualquier concepto incurran los favorecidos en la presente Promoción para participar en la misma y los gastos no asumidos expresamente por el Organizador por medio de estas Bases, serán a exclusivo cargo de los adjudicatarios del mismo.
16. Publicidad de los ganadores: Los datos de los Ganadores serán anunciados en la Página Oficial de Instagram de NESCAFÉ (@nescafeargentina) dentro de los siguientes 2 días hábiles posteriores a la entrega de los Premios.
17. Medios de Difusión de la Promoción: La presente Promoción se difundirá a través de la red social Instagram. Se deja expresamente establecido que la plataforma Instagram no patrocina, avala, administra ni está asociada de forma alguna con la presente Promoción. Toda la información que los Participantes proporcionen lo será exclusivamente al Organizador, y no a dichas plataformas. En consecuencia, la mencionada red social queda completamente exenta de cualquier responsabilidad vinculada al desarrollo, organización y ejecución de la Promoción.
18. Disponibilidad: Las presentes Bases se encontrarán disponibles en el Sitio y en https://www.nestle.com.ar/media/novedades
19. Probabilidades: La probabilidad de ser favorecido en la presente Promoción dependerá de la cantidad de Participantes respecto del Premio puesto en juego. En este sentido, si durante el Plazo de Vigencia participan mil (1000) personas, la probabilidad de resultar ganador de alguno del premio es de uno (1) en mil (1000).
20. Maniobras que desnaturalicen la Promoción: El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción como así también podrá no otorgar el Premio a aquellas personas que, por si o valiéndose de terceros, intenten socavar la operación legítima de la Promoción por medio de trampas, fraudes, engaños, manipulaciones o cualquier otra práctica desleal de juego destinada a ganar de forma ilegítima, molestar, insultar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio del derecho de reclamar los daños y perjuicios irrogados como consecuencia de dicho proceder.
Asimismo, el Organizador inhabilitará a cualquier Participante o Potencial Ganador que haya realizado tal conducta o llevare a cabo conductas fraudulentas en contra de los mecanismos de participación; como así también si se detectara el uso de algún sistema informático fraudulento y/o robot informático. En tales circunstancias, el Organizador tendrá la facultad de analizar la conducta fraudulenta a través de los técnicos y peritos que considere pertinente e iniciar las acciones legales que correspondan.
21. Ley aplicable: Toda controversia derivada de la presente Promoción será regida conforme a la ley argentina y será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.